En estos días está llegando a los vecinos una carta firmada por el Sr. Enrique Mújica, Defensor del Pueblo, que adjuntamos. Muchos vecinos escribieron al defensor del pueblo canario y al español, quejándose de las ilegalidades que se han cometido en el proceso de implantación de la Macro Cárcel, y esta es la contestación.
La carta viene a decir que las quejas no pueden ser admitidas a trámite por estar el caso sub iudice, al haber presentado Coalición Canaria una denuncia en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Madrid contra el concurso de obras de la Macro Cárcel.
Igualmente informa que tras las gestiones con Instituciones Penitenciarias, esta responde que el Consejo de Ministros en 2005, acordó la creación del Centro Penitenciario en Gran Canaria, y que la SIEP, la empresa que lleva los centros penitenciarios, tiene potestad para elegir el sitio.
Contra esto tenemos que decir, que el principal objetivo de una empresa es la obtención de beneficios económicos, y que por tanto, no se puede dejar en manos de una empresa que se va a regir por esos criterios la elección del lugar de ubicación. Es más, según la Ley del Suelo, si el Ayuntamiento se opone, como es el caso, el Consejo de Ministros, debe acordarlo expresamente, imponiéndola en Juan Grande, cosa que no ha realizado. Tenemos claro que si llevamos al Tribunal Constitucional el caso, con toda seguridad lo ganaremos, aunque posteriormente el Consejo de Ministros la impondrá.
En otro punto el Defensor del Pueblo nos dice, que con fecha 22 de abril se acuerda por el Ministerio de Medio Ambiente el no someter las obras a evaluación de impacto ambiental. En esa fecha que según ellos autoriza a realizar el proyecto, ya hacia 4 meses, desde enero, que se habían hecho una parte importante de los movimientos de tierra, que por tanto fueron hechos sin dicha autorización.
En esa autorización o exención de evaluación de impacto ambiental, se expresan medidas que deben ser llevadas a cabo en los movimientos de tierras, tales como evitar el levantamiento de polvo y para ello se debería regar la tierra y tapar los camiones para el traslado. De todos es sabido que se presentaron mas de 300 denuncias, algunas en el juzgado, debido a la tierra levantada que, junto con los fuertes vientos invadió de polvo el pueblo, y hubieron casos de ingresos hospitalarios. Por lo que no cumplieron esta obligación.
Por otro lado en esta decisión de tipo “político”, de no someter las obras a impacto ambiental, se dice que la zona no tiene calificación de espacio protegido, pero sin embargo no nombra que a menos de 1000 m., si se encuentran 3 espacios protegidos: Juncalillo, Amurga e IBA Arinaga – Castillo y la misma zona era considerada hasta ese momento el habitat del 40% del calandro, un ave terrera de pequeño tamaño, de la que fueron destruidos todos los nidos al realizar las obras en época de cría. Por lo que nos preguntamos ¿como puede ser posible que una obra de tal tamaño (65 campos de fútbol) no tenga que ser sometida a evaluación de impacto ambiental?
Por último, como nos ha comentado el eurodiputado David Hammerstein, en Europa existe una normativa, por la cual, cuando existen varias infraestructuras de tipo negativo en un área, se debe hacer in informe de impacto ambiental, de forma conjunta, de la suma de todos los impactos, tal como ocurre aquí, ya que tenemos: central térmica, vertedero y machacadora de piedras.
Por todo ello consideramos que estamos ante una tremenda injusticia que se ha realizado contra nuestro barrio y nuestro municipio, fundamentalmente por la ineptitud y desidia de nuestros gobernantes y de la que por lo pronto no nos defiende ninguna institución.
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